Licencia urbanística
Acto administrativo reglado por el que se autoriza la realización de actuaciones de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o el subsuelo, expresando el objeto de la misma y los plazos de ejercicio de conformidad con la normativa aplicable.
Cualquier persona física o jurídica
Presencialmente en el Registro del Ayuntamiento
Sede electrónica
Correo Postal
Entidades del art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
3 meses (máximo)
Potestativo de Reposición ante el Alcalde-Presidencia ( art.9.2c) Ley 40/2015-1-10) o directamente Contencioso-Administrativo
RDL 7/2015 de 30 de Octubre, Texto Refundido Ley suelo y rehabilitación urbano
Ley 13/2015 de 30 marzo, Ordenación Territorial y urbanística de la Región de Murcia.(art.263)
Orden de 13-12-2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento, de aprobación de la Instrucción relativa a los títulos habilitantes de naturaleza urbanística regulados en dicha Ley 13/2015, (B.O.R.M nº 289, de 16-12-2017).
Pago del tributo a posteriori
Nota de cara a la presentación del Proyecto Técnico de las Obras:
En cuanto a la documentación a presentar, si dispone de un Proyecto Técnico de las obras a ejecutar original en formato digital pdf que ya este firmado y visado electrónicamente por algun colegio o entidad oficial, debe usar el tipo de documentación "Proyecto Técnico Obras a Ejecutar Visado".
En caso de que dicho Proyecto Técnico no venga firmado y visado digitalmente por un colegio o entidad oficial, tendrá que persentarlo usando el tipo "Proyecto Técnico de las Obras a Ejecutar".
Modelo Solicitud